Convocatoria 2026 de subvenciones destinadas a la realización de acciones formativas para personas desempleadas incluidas en la oferta preferente del SEXPE
DATOS DE LA AYUDA
Subvenciones destinadas a financiar la realización de acciones formativas dirigidas a personas trabajadoras desempleadas. Las acciones formativas deberán impartirse en la modalidad virtual (teleformación).
Entidades beneficiarias
Las entidades de formación que, a fecha de publicación de esta convocatoria, se encuentren acreditadas y/o inscritas, en la modalidad virtual (teleformación), en el correspondiente Registro de centros y entidades de Formación, para las especialidades formativas objeto de formación, debiendo disponer, en el momento de iniciar la formación, de instalaciones presenciales en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura, debidamente acreditadas y/o inscritas, que permitan la impartición de las sesiones presenciales de tutoría y evaluación o de otro tipo que pudieran establecerse en el correspondiente programa formativo.
Personas destinatarias finales
Personas desempleadas.
Cuantía
Variable. Consultar en normativa.
Vigencia
Abierta
Normativa
- Resolución de 19 de diciembre de 2025, por la que se aprueba la convocatoria de 2026.
- Orden de 27 de marzo de 2023 por la que se regula la programación, gestión y control de la oferta de formación profesional para el empleo dirigida a personas trabajadoras desempleadas y y se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a su financiación.
- Decreto 133/2016 de 2 de agosto por el que regula la acreditación y/o inscripción de centros y entidades de formación.
Órgano Gestor
Servicio de Formación para el Empleo del SEXPE. Avda. Valhondo, s/n Edificio III Milenio, módulo 6- 2ª planta, 06800, tlfnos: 924930361, 924027355, 924027342, 924027343, 924027359, mail: formacionparaelempleo@extremaduratrabaja.net
Plazo de solicitudes
Desde el 19 de enero hasta el 6 de febrero de 2026.
Información Relacionada
- Propuesta de resolución provisional de concesión de subvenciones
- Diligencia de publicación de la resolución provisional
- Composición de la Comisión de Valoración
Se concede un plazo de 10 días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación de la resolución provisional, para presentar alegaciones o subsanar las deficiencias indicadas en esta propuesta. Esto es desde el 16 hasta el 27 de marzo de 2026.