Programa de Colaboración Económica Municipal de Fomento del Empleo para la práctica profesional
DATOS DE LA AYUDA
La finalidad del programa de Colaboración Económica Municipal para el Empleo es financiar la contratación de personas especialmente tituladas, desempleadas demandantes de empleo por parte de las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Extremadura, al objeto de satisfacer las necesidades laborales de estas entidades, facilitando así la inserción laboral y mejora de la ocupabilidad de las personas
Las transferencias que reciban las entidades locales del Programa de Colaboración Económica Municipal de Empleo se destinarán a la financiación de los costes laborales, incluida la cuota patronal a la Seguridad Social y demás conceptos de recaudación conjunta, de las personas desempleadas demandantes de empleo que sean contratadas con cargo al mismo.
Entidades beneficiarias
Entidades Locales con una población superior a 20.000 habitantes.
Personas destinatarias finales
Desempleados/as titulados/as, susceptibles de un contrato para la obtención de la práctica profesional..
Cuantía
Conforme anexo "Distribución de Fondos"
Vigencia
La fecha límite para realizar las contrataciones será el 31/12/2025. En todo caso sólo serán imputables al programa los costes laborales efectuados hasta 31/12/2026, con independencia de la duración de los contratos y de la fecha de inicio de los mismos
Normativa
RESOLUCIÓN de 21 de julio de 2025, del Consejero, por la que se ordena la publicación en el Diario Oficial de Extremadura del Acuerdo de 8 de julio de 2025, del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, por el que se aprueba el Programa de Colaboración Económica Municipal de Fomento del Empleo para la práctica profesional 2025.
Órgano Gestor
Servicio de Economía Social y Autoempleo del SEXPE. Teléfonos 924 01 27 36; 924 01 27 38; 924 01 27 43; 924 01 28 18 , Código UAD: A11016265 (Gerencia Provincial SEXPE Badajoz). E-mail: seccion.empleo@extremaduratrabaja.net
Plazo de solicitudes
Plazo de certificación: Anexo certificación parcial de gastos: Finalizado el ejercicio económico, y no más tarde del 31 de enero de 2026. Anexo de certificación final de gastos: finalizadas todas las contrataciones y realizados todos los gastos y no más tarde del 31 de enero de 2027.