Ayudas para la atracción y establecimiento de nómadas digitales en la Comunidad Autónoma de Extremadura

DATOS DE LA AYUDA

Subvenciones para la atracción y establecimiento en la Comunidad Autónoma de Extremadura de nómadas digitales que ejerzan una actividad laboral o profesional de forma remota y mediante el uso exclusivo de medios y sistemas informáticos, telemáticos y de información, fomentando e incentivando el desarrollo y la actividad económica en nuestro territorio, en especial en el ámbito rural, y el fortalecimiento del talento regional.

Se establecen los siguientes programas de subvenciones:

  • Programa I: Ayudas para la atracción y establecimiento de nómadas digitales, durante un periodo de 24 meses. 
  • Programa II: Ayudas para los nómadas digitales beneficiarios del Programa I que permanezcan empadronados y establecidos en Extremadura durante un período añadido de 12 meses adicionales.

Entidades beneficiarias

Nómadas digitales que, residiendo fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el momento de presentación de la solicitud y durante los seis meses inmediatamente anteriores, se establezcan y empadronen en algún municipio del territorio de nuestra región.

Personas destinatarias finales

Nómadas digitales que se establezcan en algún municipio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Cuantía

Programa I entre 8.000 y 10.000 euros y Programa II entre 4.000 y 5.000 euros (consultar detalles en el decreto)

Vigencia

desde el 9 de octubre de 2024 hasta 8 de octubre de 2025

Normativa

DECRETO 119/2024, de 17 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la atracción y establecimiento de nómadas digitales en la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria del Programa I.

Órgano Gestor

Sección de Empleo de Cáceres (Servicio de Fomento del Empleo). Teléfonos: 927 00 51 98 / 927 00 51 95 / 927 00 51 76 / 927 00 52 01 / 927 00 51 74; Correo electrónico: seccion.empleocaceres@extremaduratrabaja.net

Plazo de solicitudes

desde el 9 de octubre de 2024 hasta 8 de octubre de 2025

Información Relacionada

Las solicitudes, acompañadas de la documentación requerida, se tramitarán de forma electrónica a través del Punto de Acceso General Electrónico (www.juntaex.es) de la Junta de Extremadura, dentro de la ficha correspondiente al TRÁMITE DE SOLICITUD.