Subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas en Extremadura
DATOS DE LA AYUDA
Subvenciones por la contratación indefinida de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, o por la transformación de contratos temporales en indefinidos.
PROGRAMAS DE AYUDAS
Programa I: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales realizadas con personas desempleadas
- Subprograma I.a.: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales sin relación laboral temporal previa.
- Subprograma I.b.: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales con relación laboral temporal previa.
Programa II: “Bono Impulsa Futuro”: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales realizadas con personas paradas de larga duración (infografía resumen).
Programa III: “Bono Impulsa Defensa”: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales realizadas con personas desempleadas mayores de 45 años que se hayan desvinculado de las Fuerzas Armadas por finalización del compromiso.
Programa IV: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos.
- Subprograma IV.a.: Ayudas por la transformación de contratos de duración determinada distintos a los formativos.
- Subprograma IV.b.: Ayudas por transformación de cualquiera de los contratos formativos regulados en el artículo 11 del Estatuto de los trabajadores.”
Entidades beneficiarias
Empresas privadas, personas autónomas, profesionales colegiados/as, asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, sociedades civiles, agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes (no ETT ni empresas públicas).
Personas destinatarias finales
Jóvenes menores de 30 años, mujeres, hombres mayores de 45 años, personas paradas de larga duración y personas que desarrollen su actividad laboral en centros de trabajo ubicados en localidades de menos de 5.000 habitantes..
Cuantía
La subvención dependerá de la remuneración anual bruta, incluidas pagas extraordinarias, que se fije en el contrato de trabajo, oscilará entre los 5.500 y 16.200 euros con incrementos del 10% o el 30% por cada uno de los supuestos del art. 12.1 del Decreto.
Vigencia
Desde el 28/10/2025 hasta el 27/10/2026
Normativa
- DECRETO 29/2024 por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones.
- DECRETO 124/2025, de 9 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 29/2024, de 2 de abril.
- CORRECCIÓN de errores del Decreto 124/2025, de 9 de septiembre.
- RESOLUCIÓN de 15 de octubre de 2025, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el ejercicio 2025/2026.
Órgano Gestor
Servicio de Fomento del Empleo. Avda. Valhondo, s/n Edificio III Milenio, módulo 6- 2ª planta, 06800. Teléfono: 924004471 / 924004426 / 924004538. Correo electrónico: alfonso.corchero@juntaex.es
Plazo de solicitudes
Dos meses desde la fecha de inicio de la contratación/transformación. Se habilita un plazo extraordinario de solicitud hasta el 29/12/2025 para los contratos celebrados entre el 23/04/20025 y el 27/10/2025.
Información Relacionada
- Presentación de solicitudes obligatoriamente a través del trámite en línea del portal de la Junta de Extremadura.
-
Criterio referido a la suspensión de contratos con baja en Seguridad Social.