Subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura
DATOS DE LA AYUDA
Subvenciones por la contratación indefinida de personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, o por la transformación de contratos temporales en indefinidos.
Entidades beneficiarias
Empresas privadas, personas autónomas, profesionales colegiados/as, asociaciones, fundaciones, entidades sin ánimo de lucro, sociedades civiles, agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes (no ETT ni empresas públicas)
Personas destinatarias finales
Jóvenes menores de 30 años, mujeres, hombres mayores de 45 años, personas paradas de larga duración y personas que desarrollen su actividad laboral en centros de trabajo ubicados en localidades de menos de 5.000 habitantes..
Cuantía
La subvención dependerá de la remuneración anual bruta, incluidas pagas extraordinarias, que se fije en el contrato de trabajo, oscilará entre los 4.000 y 13.500 euros con incrementos del 10% por cada uno de los supuestos del art. 12.3 del Decreto
Vigencia
desde el 23/04/2024 hasta el 22/04/2025
Normativa
DECRETO 29/2024 por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad al aumento de los créditos asignados a la convocatoria, correspondiente al ejercicio 2024.
Órgano Gestor
Servicio de Fomento del Empleo. Avda. Valhondo, s/n Edificio III Milenio, módulo 6- 1ª planta, 06800. Teléfono: 924004471 / 924004538 / 924004522. Correo electrónico: alfonso.corchero@juntaex.es
Plazo de solicitudes
Dos meses desde la fecha de inicio de la contratación/transformación. Se habilita un plazo extraordinario de solicitud hasta el 24/06/2024 para contratos celebrados entre el 01/06/2023 y el 22/04/2024
Información Relacionada
- Presentación de solicitudes obligatoriamente a través de la SEDE electrónica de la Junta de Extremadura.
- Manual de ayuda para presentación en sede electrónica.
- Criterio referido a la suspensión de contratos con baja en Seguridad Social.
- Comunicación de sustitución de personas trabajadoras.
- Infografía resumen