Programa IV: Ayudas a personas trabajadoras por cuenta ajena que inicien actividad como autónomas

DATOS DE LA AYUDA

Ayudas destinadas a personas ocupadas que inicien una actividad como personas trabajadoras autónomas.

Entidades beneficiarias

Personas autónomas ocupadas

Personas destinatarias finales

Personas ocupadas encuadradas en el Régimen General de la Seguridad Social como trabajadoras por cuenta ajena, que inicien una actividad como personas autónomas, siempre que deban quedar encuadradas en el RETA.

Cuantía

6.000 euros

Vigencia

desde el 05/08/2025 hasta el 04/06/2026

Normativa

Resolución de 16 de julio de 2025, de la Secretaría General, por la quese aprueba la convocatoria para el ejercicio 2025-2026.

Resolución de 25 de julio de 2025, por la que se modifican los anexos de solicitud de la convocatoria para el ejercicio 2025-2026.

Decreto 39/2024, de 30 de abril por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones.

Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado a la convocatoria para el ejercicio 2024-2025.

RESOLUCIONES DE CONCESIÓN: 

Órgano Gestor

Servicio de Economía social y Autoempleo. Teléfonos: 924004528 y 924004520. Correo para consultas e incidencias: ayudasautoempleo@extremaduratrabaja.net

Plazo de solicitudes

desde la fecha de inicio de la actividad o fecha real de alta en RETA y los cinco meses naturales siguientes

Información Relacionada

La solicitud puede ser cumplimentada a través de este enlace.

Infografía resumen

DOCUMENTACIÓN RELACIONADA

Instrucciones y carteles de publicidad