Publicada la nueva convocatoria de ayudas destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas

Actualidad

27 de octubre del 2025

Publicada la nueva convocatoria de ayudas destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas

El Diario Oficial de Extremadura (DOE) publica hoy la Resolución de 15 de octubre de 2025, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar el empleo estable y reducir los costes laborales de las empresas para el ejercicio 2025/2026. Se introducen novedades como el Bono Impulsa Futuro o el Bono Impulsa Defensa.

La finalidad de estas subvenciones es la de favorecer la inserción laboral de determinados grupos de población con una mayor dificultad de acceso al mercado de trabajo mediante contratos de trabajo indefinidos, a través de unas ayudas que supongan una reducción de los costes laborales que asumen los empleadores y cuyas cuantías se han establecido en función de la remuneración bruta anual que los asalariados/as reciben como contrapartida del trabajo que realizan, de forma que estas sean proporcionales a los gastos que soportan las empresas. 

Se introducen dos nuevos programas de ayudas. El primero de ellos, el Programa II “Bono Impulsa Futuro”, establece ayudas específicas para las contrataciones indefinidas iniciales realizadas con personas paradas de larga duración.

El segundo, el Programa III “Bono Impulsa Defensa” establece ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales realizadas con personas desempleadas mayores de 45 años que se hayan desvinculado de las Fuerzas Armadas por finalización del compromiso.

En ambos programas se establecen mayores cuantías de las previstas en el Programa I, con la finalidad de fomentar la inserción laboral de estos dos colectivos especialmente desfavorecidos. Además, en el Programa IV de ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos, se establece un nuevo subprograma que concede mayores ayudas por la transformación de los contratos formativos, el contrato de formación en alternancia y el contrato para la obtención de la práctica profesional.

Se articulan por tanto los siguientes programas de subvenciones:

1. Programa I: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales realizadas con personas desempleadas:

  • a. Subprograma I.a.: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales sin relación laboral temporal previa.
  • b. Subprograma I.b.: Ayudas a las contrataciones indefinidas iniciales con relación laboral temporal previa.

2. Programa II: “Bono Impulsa Futuro”.

3. Programa III: “Bono Impulsa Defensa”.

4. Programa IV: Ayudas por transformación de contratos de duración determinada en contratos indefinidos:

  • a. Subprograma IV.a.: Ayudas por la transformación de contratos de duración determinada distintos a los formativos.
  • b. Subprograma IV.b.: Ayudas por transformación de cualquiera de los contratos formativos regulados en el artículo 11 del Estatuto de los trabajadores”.

La subvenciones dependerán de la remuneración bruta anual, incluidas las pagas extraordinarias, que será la establecida en el contrato individual de trabajo, adecuándose en todo caso al convenio colectivo de aplicación y no pudiendo ser nunca inferior al Salario Mínimo Interprofesional vigente.  

Toda la información y la documentación relativa a esta línea de ayudas se encuentra disponible en nuestra página web