Fomento del empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo 2026
DATOS DE LA AYUDA
Subvenciones destinadas a conseguir la integración plena de las personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo de Extremadura a través de los siguientes programas:
- Programa I: Subvenciones para la contratación de personas con discapacidad en empresas ordinarias (Línea I: contratación indefinida, Línea II: contratación indefinida de personas procedentes de enclaves laborales, Línea III: transformación de contratos temporales a indefinidos y Línea IV: contratación temporal).
- Programa II: Subvenciones para la adaptación del puesto de trabajo.
- Programa III: Subvenciones al empleo con apoyo.
Entidades beneficiarias
En el Programa I y en el Programa II, podrán ser beneficiarias empresas privadas, personas trabajadoras autónomas, profesionales colegiados/as, las asociaciones, las fundaciones, las entidades sin ánimo de lucro, las sociedades civiles y las agrupaciones privadas de personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes, o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado, aunque carezcan de personalidad jurídica. En el programa III, asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que se comprometan a suscribir el correspondiente convenio de colaboración con la empresa que va a contratar a las personas trabajadoras con discapacidad a los que se les va a prestar el empleo con apoyo.
Personas destinatarias finales
Personas trabajadoras con discapacidad.
Cuantía
Según programa de subvención.
Vigencia
De 14/01/2026 a 13/01/2027
Normativa
- DECRETO 98/2024, de 27 de agosto, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas.
- RESOLUCIÓN de 16 de diciembre de 2025, por la que se aprueba la convocatoria para el ejercicio 2026.
Órgano Gestor
Servicio de Fomento del Empleo. Teléfono: 924004549 Correo electrónico: carlos.vacas@juntaex.es
Plazo de solicitudes
Para Programa I y Programa II, dos meses desde la fecha de inicio de la contratación/transformación. Se habilita un plazo extraordinario de solicitud hasta el 13/03/2026 para contratos celebrados entre el 18/07/2025 y el 13/01/2026. Para el Programa III, dos meses, a contar desde el inicio del proyecto de empleo con apoyo, o en su caso, de sus prórrogas. Se habilita un plazo extraordinario de solicitud hasta el 13/03/2026 para proyectos de empleo con apoyo o prórrogas cuyo inicio se haya producido entre el 18/07/2025 y el 13/01/2026